Santa Rosa, Corrientes, 21:34
ATENCIÓN A LA COMUNIDAD: INFORMACIÓN LEGAL IMPORTANTE

Por orden del Juzgado Civil, Comercial, Laboral, Familia, Niñez y Adolescencia y de Paz de la Ciudad de Santa Rosa, Provincia de Corrientes, a cargo de la Juez Dra. Jesica Magali Gómez, Secretaría a cargo de la Dra. Laura Taglioretti, se hace saber a la comunidad que en los autos caratulados "INCIDENTE DE MEDIDA CAUTELAR EN AUTOS: LAS MISIONES S.A C/ RAMÍREZ ALBERTO S/ ACCIÓN DE DESPOJO", EXPTE No IZ1 8737/1, se ha decretado una medida de PROHIBICIÓN DE INNOVAR sobre el inmueble identificado como “Isla Curuguay” del Departamento de San Miguel, Corrientes, con una superficie de 1.700 hectáreas, ADREMA U1-147-3.

La medida, que estará vigente durante el tiempo que dure el proceso o hasta que se disponga su levantamiento, prohíbe cualquier modificación en el inmueble en cuestión. Asimismo, se ha ordenado dar publicidad a esta resolución por medios radiales, periodísticos y a través de edictos por un período de cinco (5) días.

También se ha dispuesto la colocación de un cartel en lugar visible del inmueble objeto del proceso, indicando la existencia de la medida cautelar y los datos esenciales del expediente.

Esta información es de carácter público y de suma importancia para todas las partes involucradas y la comunidad en general.

Para más detalles, pueden comunicarse con el Juzgado interviniente.

FM LA RUTA - Santa Rosa, Corrientes.





EXPTE N° IZ1 8737/1
FM-LA RUTA-
Av Belgrano 326-
Santa Rosa
Santa Rosa (Pcia. de Corrientes), 13 de mayo del 2024.
OFICIO

  Se le hace saber a ud. que en los autos caratulados "INCIDENTE DE MEDIDA CAUTELAR EN AUTOS: LAS MISIONES S.A C/ RAMIREZ ALBERTO S/ ACCION DE DESPOJO", EXPTE No IZ1 8737/1; en trámite ante el JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y DE PAZ DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA, Provincia de Corrientes, a cargo de la Juez Dra. Jesica Magali Gómez, Secretaría a cargo de la Dra. Laura Taglioretti, se ha ORDENADO NOTIFICARLE LA MEDIDA CAUTELAR DICTADA EN AUTOS, Y SOLICITARLE TENGA A BIEN DAR PUBLICIDAD A LA MISMA, respecto del inmueble objeto del proceso: fracción de campo individualiza como “Isla Curuguay” del Departamento de San Miguel Ctes, superficie 1.700 ha. - ADREMA U1-147-3.

El auto que lo ordena se transcribe en su parte pertinente: No 85 Santa Rosa (Ctes.), 17 de Octubre de 2023.-RESUELVO: 1) DECRETAR LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE INNOVAR, durante el tiempo que dure la tramitación del proceso o amerite su levantamiento, sobre el inmueble objeto del proceso, por los argumentos antes expuestos.- 2) DESE PUBLICIDAD DEL PRESENTE por distintos medios radiales, periodísticos de mayor circulación, y por Edictos, que deberán ser publicados por el peticionante de la medida a su costo, por el término de cinco (5) días; y noticia a la Policía de la Pcia. de Ctes., Cria. Jurisdiccional, mediante Oficio Ley 3556; otorgándosele facultes de ley para su diligenciamiento, con facultades de sustituir. Para tales efectos hágase saber que deberá presentar los proyectos conforme lo previsto en el Régimen de Gestión electrónica; y que las mismas no serán suscriptas hasta tanto no se dé cumplimento con la Caución juratoria ante Secretaria. ASI TAMBIEN ORDENO LA COLOCACIÓN DE CARTEL, en lugar visible del inmueble objeto de la litis (porción); el que deberá ser de material indeleble, con medidas mínimas de 1 (un) metro de ancho por 80 (ochenta) centímetros de alto, e indicativo de la mayor cantidad de datos representativos de la existencia del proceso (referencias esenciales: carátula y número de expediente, juzgado y secretaría interviniente; con medida cautelar decretada de “PROHIBICION DE INNOVAR”. Haciendo saber al profesional interviniente que la colocación, el mantenimiento y ubicación destacada, del cartel, se encuentran exclusivamente a cargo de la demandada; y que en oportunidad de su colocación deberá intervenir el oficial de justicia quien redactará acta de constatación. Todo ello, previa presentación de proyecto de modelo de cartel.-...“ Fdo. Dra. Jesica Magali Gómez Juez. Dra. Laura Taglioretti. Secretaria. JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y DE PAZ DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA, Provincia de Corrientes
  
Están facultados para el diligenciamiento de la presente los Dres. Carolina Saiach Audero MP 5010 CUIF 510, Jorge A. Benitez Sivori MP 5275 CUIF 8650, y/o persona que designen con facultades para sustituir.
Saluda a Ud. atte.
TAGLIORE


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